El acoso laboral en Colombia está definido y regulado principalmente por la Ley 1010 de 2006, que busca prevenir, corregir y sancionar cualquier conducta persistente y demostrable que genere hostigamiento y menoscabe la dignidad de un trabajador.
Acoso Laboral en Colombia: Lo que tu empresa necesita saber
El acoso laboral es un problema que afecta no solo la productividad y el clima organizacional, sino también la salud física y emocional de los trabajadores. En Colombia, este fenómeno está regulado por la Ley 1010 de 2006, cuyo objetivo es prevenir, corregir y sancionar cualquier conducta persistente que genere hostigamiento en el lugar de trabajo.
¿Qué es el acoso laboral?
Se entiende como toda conducta persistente y demostrable ejercida por empleadores, jefes, compañeros o incluso subordinados, que busca infundir miedo, intimidación, terror o angustia. También se considera acoso cuando se generan perjuicios laborales, desmotivación o se induce la renuncia del trabajador.
Es importante destacar que el acoso no siempre viene de arriba hacia abajo (del jefe al empleado).
Los acosos también se puede ver reflejados:
Vertical descendente: el acosador es un superior jerárquico.
Vertical ascendente: el acosador es un subordinado o grupo de subordinados.
Horizontal: se da entre compañeros del mismo nivel jerárquico.
Modalidades de acoso laboral según la Ley 1010 de 2006
- Maltrato laboral: Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual, y los bienes de la persona. Incluye expresiones verbales injuriosas, insultantes o ultrajantes que lesionan la integridad moral o la intimidad del trabajador.
- Persecución laboral: Conductas reiteradas que buscan inducir la renuncia del empleado, como la descalificación constante, la carga excesiva de trabajo, cambios permanentes de horario sin justificación o las amenazas de despido.
- Discriminación laboral: Todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social, sin que exista una razón objetiva.
- Entorpecimiento laboral: Acciones que buscan obstaculizar el cumplimiento de las labores, como la destrucción, pérdida u ocultamiento de documentos, información o insumos necesarios para el trabajo.
- Inequidad laboral: La asignación de funciones a menosprecio del trabajador, por debajo de sus capacidades o que son humillantes.
- Desprotección laboral: Conductas que buscan poner en riesgo la integridad y seguridad del trabajador, al asignarle tareas sin los elementos de protección o sin las condiciones de seguridad mínimas.
SI CREES QUE ERES VICTIMA DE ACOSO LABORAL:
El procedimiento para denunciar el acoso laboral en Colombia se rige por la ley y el reglamento interno de cada empresa. Generalmente, los pasos son los siguientes:
1. Presentar la queja ante el Comité de Convivencia Laboral: Es el primer canal formal. Se debe hacer un escrito detallado y formal, donde se describan los hechos, fechas, lugares y se aporten las pruebas.
2. Investigación y conciliación: El Comité de Convivencia debe recibir la denuncia, investigar los hechos y, en la medida de lo posible, buscar una solución conciliatoria entre las partes, siempre de manera confidencial.
3. Denuncia ante el Ministerio del Trabajo: Si la empresa no tiene Comité de Convivencia, si este no actúa o si la situación no se resuelve, la víctima puede acudir al Ministerio del Trabajo para presentar una denuncia formal. Esta entidad tiene la facultad de iniciar una investigación y aplicar las sanciones correspondientes.
4. Sanciones: La ley 1010 de 2006 establece sanciones para el acosador, que pueden incluir multas económicas (entre 2 y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes) o la terminación del contrato laboral. Además, si se demuestran los hechos, la víctima podría dar por terminado el contrato con justa causa y solicitar una indemnización.
Obligaciones de las empresas:
La Ley 1010 exige medidas preventivas claras que toda empresa debe implementar:
– Crear y mantener un Comité de Convivencia Laboral (CCL) y que este sea conocido por los funcionarios.
– Modificar el Reglamento Interno de Trabajo (RIT) incluyendo protocolos contra el acoso.
– Establecer un protocolo de denuncia y gestión.
– Capacitar al personal para reconocer, prevenir y denunciar el acoso.
Beneficios de prevenir el acoso laboral:
Además de cumplir con la ley, implementar estos mecanismos trae grandes ventajas como:
– Mejora el clima laboral.
– Reduce el riesgo de sanciones legales.
– Protege la salud mental y física de los trabajadores.
– Fortalece la imagen corporativa de la empresa.
Conclusión
El acoso laboral no solo afecta a la víctima, también compromete el éxito de toda la organización. La Ley 1010 de 2006 es una herramienta para garantizar ambientes de trabajo respetuosos y productivos.
En Grupo Consultor Andino acompañamos a las empresas en la implementación de estrategias legales y preventivas para que sus equipos crezcan en un entorno sano, digno y libre de acoso.
¿Tu empresa ya tiene protocolos efectivos para prevenir el acoso laboral?
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